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Certificado Covid

El Dog N.º 241 publicado el día 17 de diciembre de 2021 recoge la Orden del 14 de diciembre por la que se establecen medidas preventivas de seguridad sanitaria consistentes en la exhibición de documentación que acredite el cumplimiento de determinados requisitos para el acceso a ciertos establecimientos, pone de manifiesto que:
Para la práctica de actividad física o deportiva no federada en centros o instalaciones deportivas cerradas o piscinas cubiertas, en este caso para las actividades deportivas que se llevan a acabo en la sede de General Pardiñas, será necesario:
– Que las personas mayores de 12 años muestren al personal del club un certificado emitido por el servicio público de salud o, en el caso del ordinal 2º, por un laboratorio oficial autorizado, que acredite la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias:
1º. Que han recibido la pauta completa de una vacuna contra la COVID-19 para la cual se concedió una autorización de comercialización, de conformidad con el Reglamento (CE) 726/2004. 
2º. Que disponen de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas, en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos. En el caso de los test rápidos de antígenos, deberán estar enumerados en la lista común y actualizada de test rápidos de antígenos de la COVID-19 establecida sobre la base de la Recomendación 2021/C 24/01, del Consejo de Europa.
3º. Que el titular se ha recuperado de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses. Para ello, la persona deberá haber sido diagnosticada como caso confirmado de COVID-19 hace 11 días o más mediante una prueba PCR, y no es válido otro tipo de test.
Para la práctica deportiva federada no se exige la exhibición de documentación porque se ha de aplicar el protocolo Fisicovid-DXT de cada modalidad deportiva.